ACREEDORES
Persona natural o jurídica que está autorizada para exigir el pago o cumplimiento de una obligación.

ACTIVIDAD NOTARIAL
Es el servicio público que presta el Notario en ejercicio de la función pública que le otorga el Estado e implica la acción de dar fe pública.

ACTO JURÍDICO
Manifestación de voluntad hecha con el propósito de crear, modificar o eliminar derechos. Esta manifestación se puede escribir en documento privado o en escritura pública. La ley dice cuando es obligatorio hacerla en escritura pública.

ADJUDICAR
Es declarar que determinada cosa corresponde una persona jurídica o natural.

ADJUDICATARIO
Se entiende como la persona a la que se le designa un bien mueble o inmueble.

ADJUDICACION SUCESION
Constituye un modo de adquirir el dominio de un bien. Consiste en el traspaso de bienes, derechos y obligaciones por causa de muerte a los herederos, legatarios y acreedores.

ALBACEA
Es la labor de hacer ejecutar las disposiciones del testador.

ALIMENTOS
Todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, recreación y educación.

APODERADO
Persona que está autorizado por otra para representarla y actuar en su nombre.

APOSTILLE
Es un método de legalización de firma y contenido de texto, que le da autenticidad y veracidad a ciertos tramites, celebrado para países que se encuentran sometidos al Convenio de la Haya.

ARRAS
Se otorga como garantía de un contrato, es un anticipo monetario que se entrega como una señal para reservar un bien inmueble o mueble.

ARRENDAMIENTO
Es un contrato Bilateral, donde las partes se obligan recíprocamente, una cede el uso temporal de un bien inmueble o mueble y la otra da una cierta cantidad por este servicio.

AUTENTICAR
Es cuando el notario da testimonio escrito de que las firmas que aparecen en un documento privado fueron puestas en su presencia estableciendo la identidad de los firmantes. Un documento es auténtico cuando existe certeza sobre la persona que lo elaboró y firmó.

AUTORIZACIÓN INDÍGENA
Es el documento emitido por una autoridad indígena que sirve para efectuar el registro de nacimiento de un miembro de su comunidad.

AVALUO CATASTRAL
Es la determinación del valor de un predio obtenido mediante la investigación y análisis estadístico del mercado inmobiliario.

BALDIO
Es un terreno que no tiene dueño y que forma parte del Estado porque se encuentra en territorio Colombiano.

BIENES
Cosas que hacen parte del patrimonio de una persona.

BUENA FE
Hace relación a una conciencia honesta, buenas costumbres y una convicción en cuanto a la verdad. La buena fe es uno de los principios rectores del derecho notarial.

CAPACIDAD
Que no sea menor de edad o con discapacidad mental. El notario velará por que quien firma la escritura sea plenamente capaz, de acuerdo con las normas legales.

CATASTRO
Es el censo analítico de la propiedad inmobiliaria que tiene el propósito de ubicar, describir y registrar la característica física de cada inmueble.

CERTIFICADO DE LIBERTAD Y TRADICIÓN
Es un documento público en el que constan los datos de un predio, la historia del mismo y los registros de los diferentes actos que sobre éste se hayan realizado.

CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN
Es el documento público que prueba el hecho de la muerte y su causa. Sirve para que la defunción quede anotada en el Registro Civil de Nacimiento y en el Registro Civil de Matrimonio, si lo hubo. También permite el inicio de los trámites de sucesión.

CESACIÓN DE EFECTOS CIVILES
Es la forma en que se termina legalmente el matrimonio celebrado en la iglesia católica, pero no se termina el vínculo matrimonial religioso u otro credo reconocido por el Estado.

CÓNYUGE
Un integrante de una pareja casada.

CONTRATO
Es un acto, pacto o convenio donde intervienen dos o más personas que general obligaciones, de Dar, Hacer y No hacer.

COMPRAVENTA
El contrato de compraventa es un documento por medio del cual, un vendedor le entrega o transfiere un bien inmueble a un comprador, a cambio de una suma determinada de dinero. Este documento debe elaborarse por medio de escritura pública, la cual debe ser registrada en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del lugar donde está ubicado el inmueble.

COPIA AUTENTICA
Es la copia mecánica o fotostática sobre la cual el Notario da fe pública de su validez, determinando que corresponde exactamente al original que tuvo a la vista.

COPIA SIMPLE
Aquella que no trae ninguna marca de autenticidad jurídica por parte de una autoridad. No tiene signos de validación o subscripciones de los rogatarios y validadores que den fe pública del documento y, por lo tanto, no tiene ninguna garantía jurídica.

CESION DE CREDITO
Es cuando el derecho crediticio pasa del patrimonio del acreedor inicial (cedente) al de un nuevo acreedor (cesionario) sin que la obligación originaria se vea alterada.

COMPROBANTES FISCALES
Documentos oficiales en los que se expresa claramente que el dueño o titular de los derechos se encuentra a paz y salvo por conceptos tributarios o fiscales a los que está obligado.

CURADOR
Es la persona que toma decisiones en nombre de otra (menor o discapacitada) dentro de los límites de la curaduría.

CUSTODIA
Es el cuidado personal y la tenencia del día a día que tienen los padres respecto de sus hijos, exceptuando las situaciones que un juez o defensor de familia determine lo contrario.

DECLARACIÓN BAJO GRAVEDAD DE JURAMENTO
Son declaraciones verbales o escritas presentadas ante el notario en las que se asegura bajo juramento la existencia de determinados hechos.

DEFENSOR DE FAMILIA
Autoridad del Instituto del Bienestar Familiar, que protege les derechos fundamentales de los menores de edad.

DÍAS HÁBILES
Son los días dentro de la semana, que no incluyen sábados, domingos ni festivos.

DISOLUCIÓN
Es una palabra Igual a «terminación”.

DOCUMENTO PRIVADO
Es todo documento cuyo otorgamiento no requiere de una autorización, ni solemnización y contiene las manifestaciones de voluntad de los particulares.

DOCUMENTO PÚBLICO
Son aquellas que se encuentran determinadas por ciertas solemnidades o formalidades como la fe pública.

DOLO
Voluntad maliciosa de engañar o hacer daño a alguien o de incumplir una obligación contraída.

DONACION
Es un contrato por medio del cual, una persona se convierte en dueño de un bien inmueble, o de una suma de dinero, sin que haya ninguna remuneración a cambio, es decir, de manera gratuita.

EDICTOS
Es un aviso o publicación de una autoridad para dar a conocer al público que un trámite se está llevando a cabo con el fin de que los interesados puedan pronunciarse.

EMBARGO
Es una medida cautelar de origen jurisdiccional o administrativa que saca del comercio un bien y que tiene como fin que se cumpla el pago de una obligación que haya contraído el sujeto con anterioridad. Por lo tanto, no se podrá generar más obligaciones sin su cancelación.

ESCRITURA PÚBLICA
Es un documento que contiene la declaración de voluntad de una o varias personas, solemnizado ante notario para hacer un determinado contrato, como la compraventa, o acto jurídico individual, como el testamento.

FALSA TRADICION
Es la transferencia de derechos del dominio incompletos o sin antecedentes propios; o la transferencia de un inmueble sin ser el propietario.

FE PÚBLICA
Es aquella que da el notario como testigo especial del Estado, en relación con los documentos que se le presentan para autenticar, los hechos que ocurren en su presencia y las declaraciones que emiten los usuarios en la escritura pública.

FIRMA A RUEGO
Es un trámite notarial que se dá cuando una persona que no sabe o no pueden firmar, solicita a un tercero para que firme en su nombre.

FRAUDES
Son acciones contrarias a la verdad y a la rectitud, generalmente establecidas como delito.

GANANCIALES
Se conocen como gananciales todos los bienes adquiridos por los cónyuges en forma individual o conjunta a título oneroso durante la vigencia de la sociedad conyugal o patrimonial. Se encuentran excluidos los bienes adquiridos a título gratuito, tales como donaciones, herencias, legados etc.

GUARDA
Persona, llamada curador, consejero, tutor o administrador de los menores de edad y de personas con discapacidad, sus facultades de representación son diferentes según la ley.

HIPOTECA
La hipoteca es una garantía real que se constituye sobre bienes inmuebles, y que tiene por finalidad garantizar el pago de obligaciones. Tal como lo consagra el artículo 2434 del Código Civil Colombiano, la hipoteca debe constituirse por escritura pública.

IMPEDIMENTO LEGAL
Es el obstáculo que impide a una persona llevar a cabo un propósito concreto.

IMPUESTO PREDIAL
Es un impuesto que grava todo tipo de inmuebles, es de carácter municipal, es decir que su recaudo está a cargo del municipio donde está ubicado el inmueble.

IMPUESTO DE VALORIZACIÓN
Es un tributo que el dueño de un predio tiene que pagar al municipio cuando se beneficia de una obra pública.

INMUEBLES
Bienes raíces, como casas, fincas o lotes, que no pueden transportarse de un lugar a otro.

INSINUACION
Nuestra legislación establece que cuando se pretenda realizar donaciones con un valor superior a los cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales, se requiere autorización de la autoridad competente. Anteriormente, dicha autorización requería de trámite judicial. Actualmente, a partir de la expedición del Decreto 1712 de 1.989, la insinuación para donaciones que superen los cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales, se efectuar por vía notarial.

INVENTARIO SOLEMNE DE BIENES
Con el fin de proteger los intereses patrimoniales de los menores de edad, la legislación colombiana establece que cuando una persona pretenda contraer matrimonio o conformar una unión marital de hecho y tenga hijos menores de edad que no sean comunes a su pareja, es necesario realizar el trámite de inventario solemne de los bienes que este administrando de su menor hijo. Este trámite se puede adelantar ante notario.

LAVADO DE ACTIVOS
Es la actividad delincuencial a nivel nacional o internacional que busca la manera de dar apariencia de legalidad a los ingresos obtenidos por sus actividades ilícitas, llámese narcotráfico, minería ilegal, etc.; el Estado Colombiano a través de sus diferentes organismos tales como la UIAF, entre otros, ha implementado mecanismos tendientes a detectar este tipo de actividades irregulares.

LINDEROS
Son las líneas que marcan los límites del terreno que se va vender y que sirven para que el que compra y el vecino sepan hasta donde llega su propiedad. La marca se puede realizar por árboles, alambres, piedras u otros medios.

LIQUIDACIÓN
Son los actos posteriores a la disolución encaminados a lograr la distribución de los bienes que son parte de una sociedad.

 

LONJA DE PROPIEDAD RAIZ
Es el gremio de los expertos que determinan el valor comercial de los inmuebles que se van a transferir o a hipotecar.

MATRIMONIO CIVIL
Es un contrato solemne celebrado ante juez o notario, por el cual se unen legalmente un hombre y una mujer o dos personas del mismo sexo, con el fin de vivir juntos, auxiliarse mutuamente y formar una familia.

MATRIMONIO RELIGIOSO
Es una celebración religiosa mediante la cual dos fieles se unen en matrimonio. La religión debe estar reconocida por el Estado colombiano.

MEDIDAS CAUTELARES
Es comúnmente un acto jurisdiccional, direccionado a cumplir finalidades importantes de los procesos, como asegurar el cumplimiento de las decisiones del juez, especialmente relacionados con la garantía de los derechos de los accionantes y de terceros.

MUEBLES
Son los que pueden transportase de un lugar a otro. Los animales también son considerados muebles.

NOTARIO ENCARGADO
Es la persona que designa el Notario Titular para que lo reemplace cuando se retira temporalmente del ejercicio de sus funciones. Debe ser nombrado por acto administrativo expedido por la Superintendencia de Notariado y Registro y posesionado por el Notario Titular.

NULIDAD
Una situación que genera invalidez de un acto en el derecho.

OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS
Es la oficina del Estado que tiene por función anotar todas aquellas actuaciones que se hacen sobre un inmueble.

OTORGAR
Equivale a la firma que hace un interesado en la escritura pública.

PATRIA POTESTAD
Es el conjunto de derechos y obligaciones que la ley reconoce a los padres sobre sus hijos menores.

PERSONA JURÍDICA
Es una organización con derechos y obligaciones que existe como institución y que es creada por una o más personas.

PERMISO DE LA AUTORIDAD INDÍGENA
Es el documento emitido por una autoridad indígena que sirve para efectuar el registro de nacimiento de un miembro de su comunidad.

PROPIEDAD HORIZONTAL
Es una forma de propiedad cuya construcción se hace por pisos y apartamentos. El propietario de un apartamento, tiene derecho a usar las zonas comunes como son los jardines, corredores y portería, entre otras. Todos los propietarios tienen los mismos derechos y obligaciones sobre las zonas comunes que están en el reglamento de propiedad horizontal.

PROTOCOLIZACION
Es incorporar por escritura pública una orden o mandato judicial o la que cualquier persona solicite para su guarda, cuidado y conservación, la cual no genera mayor fuerza o firmeza de la que originalmente tenga.

RAZON SOCIAL
Nombre con el que se identifica legalmente una persona jurídica. En Colombia no pueden existir dos (2) personas jurídicas con la misma razón social.

RECONSTRUCCION DE ESCRITURAS
Es el procedimiento establecido por el Artículo 105 del Decreto 960 de 1970, por medio del cual se reponen en el Protocolo, las escrituras por deterioro o pérdida.

REMATE ANTE NOTARIO
A partir de la expedición de la ley 794 de 2.003, reglamentado por el Decreto 890 de 2.003, el juez de conocimiento, a petición de quien tenga derecho a solicitar el remate podrá comisionar al Notario para adelantar diligenciad de remate.

REPRESENTACION
La ley permite que una persona sea natural o jurídica elija voluntariamente a otra persona para que lo represente en una o varias actuaciones y en su nombre celebra diversos actos jurídicos. Según lo establece el artículo 74 del Código General del Proceso, el poder especial para una o varias actuaciones podrá conferirse por documento privado y el poder general deberá otorgarse por escritura pública.

REPRESENTANTE LEGAL
Es la persona a quien la ley le permite actuar en representación de una persona natural, una empresa, o una institución o entidad.

REPOSITORIO DE PODERES
Es el mecanismo por el cual las Notarías y Consulados digitalizan los poderes que son autenticados en sus Despachos y los consignan o guardan en un Repositorio Especial creado para tal efecto en la Ventanilla Única de Registro Inmobiliario VUR, que sirve como herramienta para ser consultados por los notarios, en el momento del otorgamiento de escrituras cuando las partes actúan con poder.

SEPARACIÓN DE BIENES
Es la simple separación de estos sin que haya divorcio.

SERVIDUMBRE
Es un gravamen impuesto sobre un predio en utilidad de otros predios de diferente dueño; el inmueble a cuyo favor está constituida la servidumbre, se llama predio dominante y el que lo sufre el predio sirviente.

SEUDÓNIMO
Nombre empleado por un autor en su obra y que reemplaza el verdadero. Las personas que suelen acudir a este estilo de nombres son los artistas y escritores los pueden registrar y adquirir la propiedad de los mismos, admitido en nuestra legislación con las mismas funciones del nombre y su adopción uso y cambio están regulados en ella como un derecho y como un objeto de protección.

SILENCIO ADMINISTRATIVO
Es un mecanismo de protección de los derechos de los ciudadanos a obtener no solo una respuesta por parte de la administración a las peticiones, sino dentro de ciertos términos definidos por el legislador en orden a garantiza el derechos fundamental de petición consagrado en el art 23 de la Constitución Política de Colombia.

SISTEMA DE IDENTIFICACION BIOMETRICA
Es el sistema que utilizan los notarios para la identificación de sus usuarios, utilizando los medios electrónicos para capturar su huella y compararla con la base de datos que reposa en la Registraduría Nacional del Estado Civil.

SOCIEDAD CONYUGAL
Es un régimen patrimonial que nace del matrimonio el cual puede ser de índole civil o por los ritos religiosos o credo debidamente reconocidos o autorizado por la ley.

SOCIEDAD PATRIMONIAL
Es una institución que nace como consecuencia de una unión marital de hecho siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos, y que, como la sociedad conyugal, busca regular el aspecto económico de la unión, aunque teniendo sus características propias. Cabe resaltar que al igual que la sociedad conyugal, la sociedad patrimonial solo cobra sentido y tiene importancia a la hora de buscar su disolución.

SOCIEDAD DE BIENES
La que se forma entre los cónyuges por el sólo hecho del matrimonio.

SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE
Es el trámite que se hace para repartir los bienes que dejo el difunto, restando de ellos las deudas que tenía.

SUCESIÓN
Es la transferencia de los bienes de una persona fallecida. Sucesión intestada, es aquella realizada sin testamento y sucesión testada, la que reconoce la voluntad del difunto expresada en el testamento.

SUPLANTACIÓN
Ocupar el lugar de otra persona ilegalmente o hacerse pasar por ella contra su voluntad para obtener un beneficio.

TESTAMENTO
Es una manifestación hecha ante testigos de su última voluntad disponiendo de bienes y de asuntos que le atañen para después de su muerte.

TESTAMENTO ABIERTO
Es un acto por el cual una persona dispone de todos o de una parte de sus bienes para que así sea tenido en cuenta después de su muerte en la sucesión. Se hace por escritura pública.

TESTAMENTO CERRADO
Es un acto por el cual una persona dispone de todos o de una parte de sus bienes para que así sea tenido en cuenta después de su muerte en la sucesión. Se guarda en sobre cerrado en la notaria, y su contenido se conoce cuando la persona fallece y se hace la apertura del testamento.

TÍTULO DE ADQUISICIÓN
Es la escritura pública debidamente registrada por la que se transfiere un bien inmueble, en este caso, la escritura de compraventa.

URBANIZACION
Es un área delimitada para ser utilizada en predios los cuales consta de los servicios públicos necesarios para su ocupación, Es un conjunto de unidades habitacionales compuesto por calles, vías, zonas comunes, el fraccionamiento del inmueble o conjunto de inmuebles en suelos urbanos o de expansión urbana.

UNIDAD DE VALOR REAL (UVR)
Es una unidad de cuenta que refleja el poder adquisitivo de la moneda, con base exclusamente en la variación del índice de precios al consumidor certificado por el DANE, cuyo valor se calculará de conformidad con la metodología que establezca el BANCO DE LA REPUBLICA.

UNION MARITAL DEL HECHO
Es una figura jurídica que puede entender como la unión de hecho que no están casados pero constituyen una comunidad de vida de carácter permanente. Los integrantes de este tipo de unión reciben la denominación de compañeros permanentes.

VENTANILLA UNICA DE REGISTRO (VUR)
Es una plataforma tecnológica creada con el fin de reducir trámites, plazos, costos y requisitos para formalizar los procesos de escrituración y registro de inmuebles, en especial, los actos de transferencia de dominio. Permite el acceso al censo inmobiliario y mercantil en la ciudad de Bogotá y algunas ciudades del país. Con esta plataforma es posible además realizar la consulta del impuesto predial y de valorización.

VIVIENDA DE INTERES SOCIAL
De conformidad al art 91 de la ley 388 de 1997, es la unidad habitacional que cumple con los estándares de calidad en diseño urbanístico, arquitectónico y de construcción y cuyo valor no exceda 135 smlmv.